Significa que el deudor gozara de todos los beneficios que le concede la Ley Cncursal como la paralización del devengo de intereses, la imposibilidad de compensación de deudas, la paralización de ejecuciones de la Agencia Tributaria, de la Seguridad Social y en general de cualquier acreedor, la paralización de ejecuciones hipotecarias, la posibilidad de rehabilitar contratos de crédito y descuento, la posibilidad de reducir su deuda al 50%, el obtener una espera para su pago de cinco años...