¿Se pueden cancelar deudas con Hacienda y Seguridad Social?
Las deudas con Hacienda y Seguridad Social son, con diferencia, las que más dudas generan. Muchos autónomos creen que nunca podrán liberarse de ellas y siguen acumulando recargos y embargos durante años. La realidad es más matizada y, en muchos casos, sí es posible obtener un alivio muy importante.
Tratamiento de la deuda pública
La normativa de Segunda Oportunidad ha ido incorporando reglas específicas para la deuda pública. Es esencial revisar el marco legal vigente en el momento de iniciar el procedimiento, pero en términos generales se permite:
- Exonerar una parte de la deuda pública hasta determinados límites legales.
- Reordenar el resto mediante planes de pago asumibles.
- Paralizar embargos mientras se tramita el expediente, en los supuestos previstos.
Autónomos especialmente afectados
Los autónomos suelen arrastrar cuotas impagadas de Seguridad Social e impuestos periódicos (IVA, IRPF, pagos fraccionados). Cuando la actividad deja de ser viable, estas deudas terminan creciendo hasta cifras muy difíciles de asumir con ingresos reducidos o inexistentes.
Un buen planteamiento del expediente de Segunda Oportunidad puede permitir reducir de forma notable este pasivo, y con ello hacer viable un nuevo inicio profesional o una jubilación más tranquila.